Certificaciones Estaciones Telefonía Móvil · INDESNOR

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El Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, aprobado mediante el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, dispone en su artículo 8.1 que los operadores que establezcan redes soporte de servicios de radiodifusión sonora y televisión y los titulares de licencias individuales de tipo B2 y C2, elaborarán un estudio detallado, realizado por técnico competente, que indique los niveles de exposición radioeléctrica en áreas cercanas a sus instalaciones radioeléctricas, en las que puedan permanecer habitualmente personas.

Para poder realizar correctamente estas mediciones radioeléctricas, disponemos de personal altamente cualificado, así como de equipos profesionales calibrados anualmente.

CERTIFICACIÓN DE ESTACIÓN EN PROYECTO

Del mismo modo, los operadores que establezcan redes soporte de servicios de radiodifusión sonora y televisión y los titulares de licencias individuales de tipo B2 y C2 deberán presentar ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología un estudio detallado, realizado por un técnico competente, que indique los niveles de exposición a emisiones radioeléctricas en áreas cercanas a sus instalaciones. 

Este estudio será incorporado en el proyecto o propuesta técnica necesarios para solicitar la autorización de las instalaciones radioeléctricas, según lo establecido en el capítulo I, título III, de la Orden de 9 de marzo de 2000, por la que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.

En INDESNOR le ofrecemos un completo servicio integral, tanto en la realización de sus proyectos de telefonía móvil, como en las certificaciones que se requieren para solicitar las autorizaciones necesarias a la autoridad competente.

CERTIFICACIÓN ANUAL DE ESTACIONES INSTALADAS

Los titulares de licencias individuales de tipo B2 y C2 deberán remitir al Ministerio de Ciencia y Tecnología, en el primer trimestre de cada año natural, una certificación emitida por técnico competente de que se han respetado durante al año anterior los límites de exposición establecidos en el anexo II del Reglamento que establece las restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, aprobado por el Real Decreto 1066/2001.


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